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Educación y Protección al Consumidor
 El referido programa se centra en lo que debe
considerarse la columna vertebral del derecho del consumidor: la
educación y protección a consumidores y usuarios.
Ambos derechos tienen en la República Argentina raigambre
constitucional, ya que se encuentran expresamente consagrados por el artículo 42
de nuestra Carta Magna.
Asimismo, las directrices para la protección del consumidor
de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 9 de abril de 1985, señala
como uno de los derechos el de ser educado como consumidor.
En cuanto concierne a este fundamental derecho, su objetivo
principal radica en la preparación de niños, jóvenes y adultos para trabajar
activamente en la solución de los problemas de seguridad, calidad y
accesibilidad que se les presentan en sus relaciones cotidianas de consumo en el
mercado de bienes y servicios, problemas que se les presentan en el marco de una
determinada realidad económica, social y política de la cual las personas, en su
carácter de consumidores, forman parte.
Estamos, por tanto, frente a una propuesta educativa que nos
plantea la transformación de los consumidores, en tanto objetos pasivos en su
rol de protagonistas activos de las relaciones de consumo; ello con el objetivo
de mejorar su calidad de vida y contribuir al desarrollo económico, a la equidad
social y al fortalecimiento de las instituciones democráticas.
Respecto a la protección de
los derechos de consumidores y usuarios, debemos ser concientes de llevar a
cabo permanentemente todas las acciones necesarias para exigir el cumplimiento
tanto de la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor, de la Ley N°
13.133 de la Provincia de Buenos Aires, de la Ley N° 13.133 de la Provincia de
Buenos Aires, como así también de las demás normativas existentes al respecto.
De igual modo, debe
bregarse por exigir de las autoridades correspondientes las acciones
preventivas o sancionatorias a los proveedores de bienes y servicios que se
aparten de las obligaciones vigentes en la materia, como así también para que se
dicten y/o actualicen en el futuro nuevas disposiciones que contribuyan a una
efectiva protección de nuestros derechos


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